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La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio estatal, y tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre el Estado y los municipios en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia en el marco de los Sistemas Estatal y Nacional de Seguridad Pública, previsto en el artículo 11 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, así como en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Año

2020

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Palabras clave

Ley, Prevención Social

Categoría
Sección