Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Guanajuato
I. Fomentar las actividades que realizan las organizaciones de la sociedad civil en los términos de esta Ley;
II. Establecer la responsabilidad y competencia del Estado y de los municipios en el fomento de la participación de los ciudadanos a través de las organizaciones de la sociedad civil;
III. Determinar las bases sobre las cuales el Estado y los municipios fomentarán las actividades a que se refiere la fracción I de este artículo; y
IV. Fomentar la participación y profesionalización de las organizaciones de la sociedad civil que tengan por objeto impulsar el bienestar y el desarrollo social y humano en el estado, a través de la elaboración, promoción, ejecución y evaluación de los programas en los términos de la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato.
Actualizada. 23 de Marzo del 2026