Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Ley orgánica del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley orgánica del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos.
Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la república y tiene por objeto regular lo relativo al ingreso y salida de mexicanos y extranjeros al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y el transito y la estancia de los extranjeros en el mismo, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos, de contribución al desarrollo nacional, así como de preservación de la soberanía y de la seguridad nacionales.
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio que, en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Guanajuato.
Los Lineamientos de Operación de este Fondo tienen por objeto definir los criterios para la aplicación, seguimiento, control, transparencia y rendición de cuentas de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal, los cuales tienen el carácter de subsidios federales y se asignaron en los Anexos 20 y 20.2 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
Los presentes Lineamientos tienen por objeto definir los criterios para la aplicación, seguimiento, control, transparencia y rendición de cuentas de los recursos del Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad, los cuales tienen carácter de subsidios federales y se destinarán a proyectos de inversión para promover la integración y acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, mediante el transporte público adaptado e infraestructura pública incluyente.
La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y tiene como objeto garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social.
Presupuesto de egresos de la federación para el ejercicio fiscal 2022
La presente ley tiene por objeto establecer la coordinación entre la federación, las entidades federativas, el distrito federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la construcción política de los Estados Unidos Mexicanos.
07 de Junio de 2024
DECRETO Legislativo 316 mediante el cual se adiciona una fracción XVII, recorriéndose en su orden la subsecuente del artículo 5 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato.
Convenio de colaboración interinstitucional para la transferencia de recursos para la ejecución de acciones del Componente Salud de PROSPERA Programa de Inclusión Social, que celebran la Secretaría de Salud y el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Guanajuato, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad.