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  ACCESIBILIDAD

I. Fomentar las actividades que realizan las organizaciones de la sociedad civil en los términos de esta Ley;

II. Establecer la responsabilidad y competencia del Estado y de los municipios en el fomento de la participación de los ciudadanos a través de las organizaciones de la sociedad civil;

III. Determinar las bases sobre las cuales el Estado y los municipios fomentarán las actividades a que se refiere la fracción I de este artículo; y

IV. Fomentar la participación y profesionalización de las organizaciones de la sociedad civil que tengan por objeto impulsar el bienestar y el desarrollo social y humano en el estado, a través de la elaboración, promoción, ejecución y evaluación de los programas en los términos de la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato.

 

Actualizada. 23 de Marzo del 2026

Año

2026

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Palabras clave

Ley de Fomento, Actividades, OSC

Categoría
Tema
Sección