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  ACCESIBILIDAD

La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto constituir, vigilar y regular el Servicio Profesional de Carrera Policial de los integrantes de las Instituciones Policiales del Estado de Guanajuato y de sus Municipios en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Año

2021

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Palabras clave

Servicio Profesional de Carrera

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