Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.
Skip to main content
Submitted by Anonymous (not verified) on

De acuerdo con el artículo 36 de la LGDS, el CONEVAL, tiene la facultad y responsabilidad de establecer los Lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza. Asimismo, la información que deberá emplearse será la que genere el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), tomando en consideración al menos los siguientes indicadores:

  • Ingreso corriente per cápita
  • Rezago educativo promedio en el hogar
  • Acceso a los servicios de salud
  • Acceso a la seguridad social
  • Calidad y espacios de la vivienda
  • Acceso a la alimentación nutritiva y de calidad
  • Grado de cohesión social
  • Grado de accesibilidad a carreteras pavimentadas.
Alcance
Año
2023
Formato
1
Palabras clave
Zonas Atención Prioritaria
Sección o Tema
Tamaño
1.85 MB
Encuesta de opinión Ayúdanos a mejorar