Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Ley orgánica del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley orgánica del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos.
Resultados de la tercer convocatoria del programa de apoyos impulso a las organizaciones de la sociedad civil 2017.
Convenio de Coordinación para el desarrollo del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guanajuato.
Convenio específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Guanajuato, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios, correspondiente al ejercicio fiscal 2017.
Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la república y tiene por objeto regular lo relativo al ingreso y salida de mexicanos y extranjeros al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y el transito y la estancia de los extranjeros en el mismo, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos, de contribución al desarrollo nacional, así como de preservación de la soberanía y de la seguridad nacionales.
La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular y establecer las bases para:
I. Impulsar la difusión, promoción, fomento, investigación, práctica, supervisión y evaluación de la cultura física y el deporte y la infraestructura deportiva en el Estado de Guanajuato.
II. Fijar la estructura, funcionamiento y atribuciones de los órganos públicos en materia deportiva; y
Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Desarrollo Comunitario Comunidad DIFerente, Subprograma de infraestructura, rehabilitación y/o equipamiento de espacios alimentarios para el ejercicio fiscal 2017, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Guanajuato.
La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto propiciar el desarrollo sustentable, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como regular las acciones tendientes a proteger el ambiente en el Estado de Guanajuato.
Los lineamientos de operación específicos del Fondo de Desastres Naturales tienen por objeto definir los parámetros y procesos a que hacen referencia las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales.
El fondo de Desastres Naturales es un instrumento interinstitucional que tiene por objeto ejecutar acciones, autorizar y aplicar recursos para mitigar los efectos que produzca un fenómeno natural pertubador, en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil.
Es leonés nacido el 15 de noviembre de 1980. Es abogado por la Universidad De la Salle Bajío y cuenta con un post grado en Pericia Grafoscópica y Documentoscópica por la Universidad de Barcelona, España. Cuenta con maestría en Administración Pública por la Universidad de Guanajuato.
Ha sido regidor en el Ayuntamiento de León en el trienio 2006 a 2009 donde presidió la comisión edilicia de Vivienda y Obra Pública.
Ha sido Diputado local de Mayoría Relativa en la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato donde fue presidente de la Comisión Legislativa de Desarrollo Urbano y Obra Pública. Integró las comisiones de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables así como de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Ha sido Diputado Federal de Mayoría Relativa y se ha desempeñado como Secretario de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, así como integrante de las comisiones de Relaciones Exteriores y Vivienda.