Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico
El presente Reglamento tiene por objeto regular la estructura, organización y funcionamiento de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la estructura, organización y funcionamiento de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico.
El presente ordenamiento es de orden público y de interés general, y tiene por objeto establecer las disposiciones que propicien el cumplimiento de la Ley de Patrimonio Inmobiliario del Estado de Guanajuato
Tiene por objeto promover el desarrollo económico del estado a través de facilitar y promover el acceso al financiamiento para micros, pequeñas y medianas empresas a fin de apoyar su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad.
La Ley tiene por objeto construir, vigilar y regular el Servicio Profesional de Carrera Policial de los integrantes de las Instituciones Policiales del Estado de Guanajuato y de sus Municipios en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La incidencia de la pobreza es más alta en niños y niñas que se encuentran en la primera infancia y en aquellos que hablan una lengua indígena. Al analizar las condiciones de pobreza por características particulares se encuentra que niñas y niños de 0 a 5 años, así como el total de la población infantil y adolescente que pertenece a algún grupo étnico, son quienes se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad.
Este documento tiene el objetivo de aportar elementos para una mayor y mejor comprensión de los
retos y áreas de oportunidad relacionados con el cuidado infantil, a través del diagnóstico de la situación
en México y de la realización de un mapeo de la evidencia disponible sobre intervenciones dirigidas al cuidado de niñas y niños.
De acuerdo con el artículo 36 de la LGDS, el CONEVAL, tiene la facultad y responsabilidad de establecer los Lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza.
Con fundamento en lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 80 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 13, fracción IV y 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 2o, fracción XII y 16 bis de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato; y, en ejercicio de las facultades que confieren los artículos 2o, 4o, fracciones X y XII, 6o, 7o, fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Social y Humano.
El Código de Conducta de la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable tiene como objetivo ser una guía práctica para orientar e impulsar a las personas de la Secretaría, a cumplir con la misión y visión de esta, en estricto apego a la normatividad, actuando de acuerdo con el interés público, la transparencia y la rendición de cuentas, bajo los valores y principios definidos en el Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato
Es leonés nacido el 15 de noviembre de 1980. Es abogado por la Universidad De la Salle Bajío y cuenta con un post grado en Pericia Grafoscópica y Documentoscópica por la Universidad de Barcelona, España. Cuenta con maestría en Administración Pública por la Universidad de Guanajuato.
Ha sido regidor en el Ayuntamiento de León en el trienio 2006 a 2009 donde presidió la comisión edilicia de Vivienda y Obra Pública.
Ha sido Diputado local de Mayoría Relativa en la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato donde fue presidente de la Comisión Legislativa de Desarrollo Urbano y Obra Pública. Integró las comisiones de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables así como de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Ha sido Diputado Federal de Mayoría Relativa y se ha desempeñado como Secretario de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, así como integrante de las comisiones de Relaciones Exteriores y Vivienda.