La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto constituir, vigilar y regular el Servicio Profesional de Carrera Policial de los integrantes de las Instituciones Policiales del Estado de Guanajuato y de sus Municipios en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Esta ley tiene por objeto garantizar el goce y ejercicio de los derechos a la víctima, así como las medidas de atenclón. protección, apoyo y reparación integral que les reconoce el Estado, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, los tratados internacionales y la Ley General.
Última actualización: 25/06/2025
Última revisión: 2026/03/18
La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio estatal, y tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre el Estado y los municipios en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia en el marco de los Sistemas Estatal y Nacional de Seguridad Pública, previsto en el artículo 11 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, así como en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto, establecer el procedimiento para la emisión de la Declaración Especial de
Ausencia, cuando se presuma que la ausencia de la persona se relacione con la comisión de un delito.
La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el estado de Guanajuato. Tiene por objeto fomentar, promover, difundir y fortalecer las actividades relacionadas al sector vinícola, vitícola, vitivinícola y de enoturismo, propiciando la participación de los distintos órdenes de gobierno y el sector privado.
La presente Ley es de orden público e interés social.
No hay actualización.
La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por Objetivo:
I. Establecer el régimen jurídico del patrimonio inmobiliario del Estado;
II. Regular los actos de dominio sobre los bienes inmuebles del Estado;
III. Regular los actos traslativos de uso de los bienes inmuebles del dominio público y del dominio privado;
IV. Regular la asignación de los bienes inmuebles del dominio público: y
V. Regular el registro, catálogo, inventario y control de los bienes inmuebles del Estado.
La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto regular el funcionamiento de los servicios de seguridad privada que operen en el Estado.
La presente Ley es de orden público y de observancia general, la cual tiene por objeto regular la Hacienda Pública y la totalidad de sus ingresos que por cualquier concepto perciba el Estado de Guanajuato en términos de las disposiciones legales.
Es leonés nacido el 15 de noviembre de 1980. Es abogado por la Universidad De la Salle Bajío y cuenta con un post grado en Pericia Grafoscópica y Documentoscópica por la Universidad de Barcelona, España. Cuenta con maestría en Administración Pública por la Universidad de Guanajuato.
Ha sido regidor en el Ayuntamiento de León en el trienio 2006 a 2009 donde presidió la comisión edilicia de Vivienda y Obra Pública.
Ha sido Diputado local de Mayoría Relativa en la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato donde fue presidente de la Comisión Legislativa de Desarrollo Urbano y Obra Pública. Integró las comisiones de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables así como de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Ha sido Diputado Federal de Mayoría Relativa y se ha desempeñado como Secretario de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, así como integrante de las comisiones de Relaciones Exteriores y Vivienda.