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Ley de Educación Superior para el Estado de Guanajuato

Las disposiciones de esta Ley son de orden público, interés social y de observancia general en todo el estado de Guanajuato, tienen por objeto regular, la prestación del servicio de educación superior que se imparte a través del Estado, los municipios, las instituciones públicas de educación superior con autonomía y las instituciones particulares de educación superior, para garantizar el acceso al derecho a la educación superior, de conformidad con lo establecido en el artículo 3o.

Ley de Educación Superior para el Estado de Guanajuato

Las disposiciones de esta Ley son de orden público, interés social y de observancia general en todo el estado de Guanajuato, tienen por objeto regular, la prestación del servicio de educación superior que se imparte a través del Estado, los municipios, las instituciones públicas de educación superior con autonomía y las instituciones particulares de educación superior, para garantizar el acceso al derecho a la educación superior, de conformidad con lo establecido en el artículo 3o.

Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato

La presente Ley es de orden público y tiene por objeto establecer las bases generales del Gobierno y de la administración Publica Municipal, conforme a lo señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, las leyes generales, y la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato.

Lineamientos para Acreditar Experiencia Profesional (derivada del Servicio Social Estudiantil)

Los presentes Lineamientos tienen como objetivo establecer los diversos mecanismos de acreditación del servicio social, para que éste sea reconocido como parte de su experiencia en el desempeño de sus labores profesionales, así como las habilidades y competencias obtenidas al finalizarlo.

 

Ejes de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato

De Conformidad con lo establecido en el artículo 4°, fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, la Administración Pública Estatal se organiza en seis ejes, cuya coordinación estará a cargo de las personas titulares de las siguientes secretarías:

I. Eje Guanajuato es tranquilidad, a cargo de la Secretaría de Gobierno

II. Eje Guanajuato es igualdad, a cargo de la Secretaría del Nuevo Comienzo.

III. Eje Guanajuato es confianza, a cargo de la Secretaría de Finanzas.

Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura

Decreto Legislativo número 345, la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato.

Creando la SECRETARÍA DE CULTURA, con el objetivo de promover y difundir las expresiones artísticas y culturales de la entidad con plena inclusión y llegando a todos los rincones de Guanajuato para que la cultura no sea un privilegio sino un verdadero elemento transformador de nuestra sociedad.

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